COMUNICADO
Contraloría acoge el planteamiento de la Federación FTH en relación con la aplicación de la Ley Karin en el sector público, ratificando así nuestra interpretación y solicitud de precisión normativa.

Como Federación Frente de Trabajadores de Hacienda (FTH), hemos impulsado con convicción y responsabilidad la correcta interpretación y aplicación de la Ley N° 21.643 (Ley Karin) en el sector público, con el fin de garantizar ambientes laborales libres de acoso y violencia, resguardando a la vez el debido proceso y la proporcionalidad en las sanciones.

En este contexto, nuestra Federación solicitó a la Contraloría General de la República un pronunciamiento respecto de la aplicación de esta normativa, de acuerdo a su Dictamen E516610/2024, especialmente en lo referido a la sanción de destitución en casos de acoso laboral.

Nos complace informar que nuestro planteamiento ha sido acogido y ratificado en su reciente Dictamen aclaratorio E30538/2025, lo que constituye un logro trascendental en la implementación de esta normativa y fortalece nuestra posición en defensa de los derechos de funcionarias y funcionarios.

Cabe recordar que la Ley N°21.643 introdujo modificaciones sustanciales al Estatuto Administrativo, particularmente en el artículo 84, donde se incorporan las prohibiciones relacionadas con el acoso laboral y sexual como faltas graves. Estas faltas, específicamente las de acoso sexual (ordinal "l") y acoso laboral (ordinal "m"), se encuentran ahora expresamente contempladas como causal de destitución, según lo dispuesto en el artículo 125 del mismo Estatuto.

El dictamen aclaratorio de la Contraloría (con fecha 24 de febrero de 2025) confirma esta disposición e indica que, en el acoso laboral las autoridades deberán aplicar la sanción de acuerdo con el mérito de los antecedentes y las circunstancias específicas de cada caso, y no limitarse exclusivamente a la destitución sin una adecuada ponderación de los hechos.

Este pronunciamiento ratifica nuestra solicitud de asegurar que la aplicación de la medida de destitución esté siempre sujeta al principio de proporcionalidad y a la evaluación detallada de los casos concretos.

Este pronunciamiento acoge íntegramente nuestra solicitud de aclaración sobre la aplicación del régimen sancionatorio y confirma que la destitución no es la única medida aplicable, garantizando así la proporcionalidad en la determinación de sanciones dentro del Estatuto Administrativo.

Otro de los puntos planteados por nuestra Federación fue la inclusión de ejemplos específicos de conductas de acoso en los protocolos internos de algunos servicios públicos, como el caso de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). La Contraloría ha señalado que la inclusión de estos ejemplos es válida, siempre que no se utilicen como una tipificación cerrada e imperativa de las conductas sancionables. Es decir, los protocolos pueden servir como una referencia, pero en ningún caso pueden sustituir la evaluación individualizada de cada caso por parte de la autoridad investigadora. Esta precisión es fundamental para proteger el debido proceso y evitar que la calificación de una conducta como acoso dependa de listados predefinidos, en lugar de una evaluación objetiva de los hechos.

El dictamen aclaratorio de la Contraloría valida los planteamientos de la Federación, en relación con la aplicación de la Ley Karin en el sector público. Desde el FTH valoramos este pronunciamiento de Contraloría, pues otorga certeza jurídica a funcionarias y funcionarios respecto de los criterios que deben guiar la aplicación de la Ley Karin en el sector público.

Instamos a todas las autoridades a aplicar esta normativa con el máximo rigor y responsabilidad, asegurando que cada denuncia sea tratada con imparcialidad, celeridad y justicia.

La Ley Karin constituye un factor clave para proteger la dignidad de quienes trabajan en el Estado, previniendo cualquier tipo de violencia.

Nuestra Federación FTH seguirá impulsando su correcta aplicación en beneficio de todos los trabajadores y trabajadoras. Nos mantendremos atentos a su implementación en los distintos servicios del sector Hacienda, velando por que se respeten tanto los derechos de las víctimas de acoso como el debido proceso para todas las partes involucradas.

Saludamos atentamente
DIRECTORIO FEDERACIÓN FRENTE DE TRABAJADORES DE HACIENDA








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